Gobierno Estadal


Los estados son autónomos e iguales en lo político, organizando su administración y sus poderes públicos por medio de una Constitución Estadal, dictada por el Consejo Legislativo de acuerdo con las leyes de la Federación, mantienen todo el poder no delegado explícitamente al gobierno nacional y municipal, según se lee en el Artículo 164 de la Constitución.

Los estados pueden sancionar leyes sobre cuestiones no nacionales, pero las principales leyes como (civiles, comerciales, penales, laborales, de seguridad social y de minería) están reservadas solo a la Asamblea Nacional.

* Poder Legislativo: la legislatura de los estados recae sobre un Consejo Legislativo unicameral, elegidos por el pueblo mediante el voto directo y secreto cada cuatro años pudiendo ser reelegidos por dos períodos consecutivos, bajo un sistema de representación proporcional de la población del estado y sus municipios, con un mínimo de 7 y máximo de 15 diputados.

* Poder Ejecutivo: está compuesto por un Gobernador y un Consejo de Secretarios. El Gobernador es elegido por el pueblo mediante voto directo y secreto para un periodo de cuatro años y con posibilidad a una reelección inmediata para un periodo igual, siendo el encargado de la administración estatal.

* Poder Judicial: está representado en cada estado federal por la Dirección Ejecutiva de la Magistratura Regional,

* Poder Ciudadano: lo ejerce una Contraloría Estadal autónoma.

* Poder Electoral: lo ejerce una Oficina Regional Electoral.

Gobierno Municipal [editar]

Los estados federales se dividen a su vez en municipios autónomos, que son la primera unidad política de la organización nacional, gozan de personalidad jurídica plena, el Poder Público Municipal esta conformado de la siguiente manera:

* Poder Legislativo: la potestad de legislar en los municipios la tiene el Concejo Municipal que es elegido para un periodo igual de cuatro años.

* Poder Ejecutivo: la ejerce la figura de un Alcalde que es elegido por los ciudadanos cada cuatro años.

* Poder Judicial: la ejerce la Sede Judicial Municipal.

* Poder Ciudadano: existe una Contraloría Municipal autónoma.

Los municipios se subdividen en parroquias. Se contabilizan en total 335 municipios y 1065 parroquias en todo el territorio nacional.

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